DECRETA el total cumplimiento de la Pena Principal impuesta al penado AGÜERO BLANCO ADOLFO FLORENCIO, titular de la cédula de Identidad Nro. V-13.233.049, de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, de estado civil soltero, residenciado en la Final de la calle Guaicapuro, Residencias La Cima, Torre E, piso 03, apto. 33, Los Teques, Estado Miranda, quien fue condenado a sufrir la pena TRES (03) AÑOS, TRES (03) MESES Y QUINCE (15) DIAS DE PRISION, por la comisión de los delitos de PRIVACIÓN ILEGIMITIMA DE LA LIBERTAD POR PARTE DE PARTICULARES, PORTE ILCITO DE ARMA DE FUEGO Y LESIONES INTENCIONALES GENERICAS, previstos y sancionados en los artículos 175, 278, y 415 todos del Código penal antes de la ultima reforma, SEGUNDO: Decreta el Total cumplimiento de la pena accesoria a la prisión, relativa a la Inhabilitación Política durante el tiempo que duró la pena principal, conforme a lo establecido en el artículos 16, numerales 1° y articulo 24 del Código Penal. TERCERO: DECRE.....