- D I S P O S I T I V A ?
Por todo lo antes expuesto, esta Juez Unipersonal N° 02 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de Conversión de la Separación de Cuerpos en Divorcio, formulada por los ciudadanos BENJAMIN TORTOZA AGUILERA y JENNY COROMOTO PÉREZ CASTRO, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad N° 15.267.853 y 14.829273, respectivamente, respectivamente, asistidos por la Profesional del derecho ANALIGIA RÍOS GÓMEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 65069. En consecuencia, SE DISUELVE EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNE, contraído en fecha tres (03) de marzo de 1991, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Carayaca, Municipio Vargas del Estado Vargas.
En cuanto a los hijos habidos de la unión conyugal, de n.....