ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la Abogada FRANZULY MARIN APONTE, en su carácter de Defensora Pública Segunda Penal Ordinario en fase de proceso del Estado Vargas de los imputados LUIS EDUARDO MORA VASQUEZ, titular de la cedula de identidad N° V-17.226.175 y ANDERSON RENE CEBALLOS RIVERO, titular de la cedula de identidad N° V-18.388.398, en razón de la decisión dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 20 de junio de 2014, mediante la cual decretó en contra de los mencionados imputados Medida Privación Judicial Preventiva de Libertad, como CO-AUTORES EN EL DELITO DE ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en concordancia con el articulo 83 eiusdem, en perjuicio de los ciudadanos Ángela Rivero y Bernal Yanoris, USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 264 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Ado.....