Ante los razonamientos expuestos, vista la solicitud presentada por el solicitante, ciudadano: RENATO ANTONIO BAENA MALDONADO, ampliamente identificado, este Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE, sobre las mejoras realizadas a la casa descrita en la solicitud, ubicada en el Barrio El Teleférico, Sector José Gregorio Hernández, Parroquia Macuto, del Estado Vargas, cuyas características, superficie, mejoras y linderos se encuentran descritos en la solicitud, invirtiendo en las referidas bienhechurías la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs.500.000,oo), a favor del ciudadano antes mencionado, dejando a salvo el derecho de terceros.
Devuélvanse los originales con sus resultas a la parte interesada, previa su certificació.....