DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO seguido en contra del ciudadano ELVIS RAFAEL PÁEZ MACERO, quien es de nacionalidad Venezolano, Natural de La Guaira, fecha de nacimiento 01-12-79, de 24 años de edad, estado civil Soltero, profesión u oficio Ayudante de albañilería, hijo de Elías Rafael Páez (v) y de Carmen Maria Macera (v), titular de la cédula de identidad N° 14.073.908 y residenciado en: Comunidad Piar, Barrio La Lucha, Casa N° 05, Frente al Cigüeñal, Catia La Mar, Estado Vargas, de conformidad con lo previsto en los artículos 42 y 44, ordinales, 1, 2, 3, 4, 8 y último aparte, ambos del Código Orgánico Procesal Penal fijando el plazo del régimen de prueba en un año y la obligación de cumplir con las condiciones aquí impuestas.