Acuerda revocar las Medidas Cautelares Sustitutiva de Libertad decretadas por el Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal en fecha 27 de agosto del 2003 y en consecuencia DECRETA la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, en la presente causa seguida al ciudadano MAURICIO JOSE ECHENIQUE HERNANDEZ, quien es de nacionalidad venezolano, natural de la Guaira, nacido en fecha 02.05.64, de 42 años de edad, de profesión u oficio comerciante, de estado civil casado, hijo de Flor Elena Echenique y Darío Evelio Hernández, residenciado en el Barrio Tacarigua, Casa No. 3, Residencias Tacarigua, Parroquia Caraballeda, subiendo por San Julián, Estado Vargas y Titular de la Cédula de Identidad No. 8.176.652, por considerar que el acusado no han comparecido ante este Juzgado para la celebración del Juicio Oral y Público e igualmente se desprende que no ha cumplido con el régimen de presentaciones impuesta por ante la sede de la Fiscalia Tercera del Ministerio Público; .....