PRIMERO: Ambas partes manifestaron, que la accionante prestó servicio personal en las entidad de trabajo demandad, cuya relación laboral concluyo en fecha nueve (09) de octubre del año dos mil doce (2012).
SEGUNDO: Las entidad de trabajo accionad, manifiest la existencia de derechos a favor de la demandante.
TERCERO: Asimismo, con el objeto de dar por terminado el presente Juicio, es ofrecida por la representación de la parte demandada, la cantidad de VEINTICINCO MIL BOLIVARES (Bs. 25.000,00), aceptando el ofrecimiento realizado por la entidad de trabajo, el cual fue cancelado mediante 03 cheque de signados con los Nº 74001884, 160011883 y 41001885, emanado del Banco de Venezuela por las cantidades: los dos (02) primeros por la suma de nueve mil bolívares con cero céntimos (Bs. 9.000,00) el ultimo por la suma de siete mil bolívares con cero céntimos (Bs. 7.000,00), respectivamente,
QUINTA: expone la representante judicial del ciudadano JOSE ANTONIO BONILLA, abogada Mar.....