En virtud, de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Este Tribunal, declara: INADMISIBLE la tacha de instrumento privado promovida por la parte actora. SEGUNDO: Sin lugar la falta de cualidad pasiva e interés alegada por la parte demandada al momento de la contestación de la demanda. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Cobro Diferencia de Cobro Prestaciones Sociales y Otros Conceptos, incoada por los Ciudadanos: FROYLAN VASQUEZ, ALEXIS GARCIA, ONESIMO PLAZA, MIGUEL RODRIGUEZ, EDGAR BRITO, PEDRO ACOSTA, JESUS CAMPOS y JORBY PATIÑO, titulares de las cédulas de identidad números V.-12.163.685, V.-7.553.349, V.-6.480.712, V.-10.583.808, V.-16.027.818, V.-11.643.052, V.-6.470.387 y V.-15.025.636, respectivamente, .....