DISPOSITIVA.-
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, otorga la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA al ciudadano MELKIN JOSE LIRA ZAPATA, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira, nacido en fecha 30-09-1980, de 35 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio zapatero, residenciado en: Caracas, avenida Sucre, subida de Gato Negro, casa Nº 502-2, a dos cuadras hacia arriba del Seguro Social de la avenida Sucre, Caracas, Distrito Capital, hijo de Leidy Zapata (v) y de melkin Lira (v), titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.342.027, teléfono: 0414-181-4349, de conformidad con lo establecido en los artículos 471, 482 y 483, todos del Código Orgánico Procesal Penal, acordándole un régimen de prueba de.....