Vista la solicitud de Autorización para Separarse del hogar, presentada por el ciudadano DAVID ANDRES MORA GONZALEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° 10.383.923, debidamente asistido en este acto por el Profesional del Derecho ROSE MARIE CACERES de GARCIA, abogado en ejercicio e inscrita en el inpreabogado bajo el N° 15.565, mediante la cual solicita la Autorización para Separarse del Hogar constituido con la ciudadana SONJA REINISCH, con quien procreó UN (01) hijo de nombre sin recibir oposición al respecto esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas observa: Que comprobados como han sido los extremos de Ley, sin que ello prejuzgue sobre la procedencia de cualquier acción, se le concede temporalmente a partir la presente fecha, autorización judicial para separarse del hogar conyugal al ciudadano DAVID ANDRES MORA GONZALEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 10.383.923, se.....