DISPOSITIVA.
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, otorga la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA al ciudadano ANTONY BOKER CASTILLO IRIARTE, identificado con cédula de identidad V-19.796.941, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, Caracas, donde nació en fecha 03/09/1988, de 25 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Policía Nacional, hijo de Efraín Castillo (v) e Ivon Iriarte (v), residenciado en: Anare, Cerro Los Blancos, callejón las flores, casa Nº 03, subiendo por la bodega de Lima, Estado Vargas, teléfono: 0412-3807508, acordándole un régimen de prueba de DOS (02) AÑOS, quedando obligado a cumplir las condiciones establecidas en la parte motiva de la presente decisión, con la advertencia que el incumpli.....