Vista la decisión que antecede, mediante la cual se ordena efectuar un nuevo cómputo en virtud de la redención de la pena por el trabajo y estudio acordada a favor del ciudadano FREDDY ALEXANDER ALBARRACIN HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-17.960.635, de nacionalidad Venezolana, natural de La Guaira, estado Vargas, nacido en fecha 06-09-1986, de estado civil soltero, Motorizado, domiciliado en la Soublette, detrás de la vereda, 7, Calle Bella Vista, casa Nº 53, Catia La Mar, de conformidad con lo establecido en los artículos 479 y 508, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a realizarlo en lo siguientes términos:
Al ciudadano FREDDY ALEXANDER ALBARRACIN HERNANDEZ, se le condenó a cumplir la pena de veinte (20) años de prisión. Es importante destacar que el día de hoy 09-12-2015, este Juzgado efectuó una redención judicial de la pena por un lapso de cinco (05) meses y once (11) días, así mismo se deja constancia que en el mismo día de hoy 09-12-2015, este .....