Vista la decisión que antecede, mediante la cual se ordena efectuar un nuevo cómputo en virtud de la redención de la pena por el trabajo y estudio acordada a favor de la ciudadana DANIELA FARIANNA CERVO PONTE, titular de la cédula de identidad Nº V-20.162.490, quien es de nacionalidad Venezolana, nacida el día 30 de Junio de 1990, de 21 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio estudiante, domiciliada en Valle de Camoruco, Res. Perciso Apto. F, piso 2, Habitación 2, Valencia, estado Carabobo, de conformidad con lo establecido en los artículos 479 y 508, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a realizarlo en lo siguientes términos: