DISPOSITIVA.-
En virtud de lo procedentemente expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCION DE LA PENA impuesta mediante sentencia firme al ciudadano JEAN MANUEL NORIEGA BATISTA, de nacionalidad venezolano, natural de La Guaira, nacido en fecha 13-10-1982, de 30 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio, chef (desempleado) titular de la cédula de identidad N° 15.544.844, hijo de Manuel Noriega (V) y Isabel Batista (V), residenciado en: av: principal de los Guayos Urb. Araguaney Edif.. las acacias dos piso 3 apartamento 3-4 Valencia, Estado Carabobo teléfono 04244900564, conforme a lo previsto en los artículos 479, encabezamiento, en concordancia con el artículo 482, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo establecido en el artículo.....