En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA redimida la pena a ALEKSANDAR IVOV GEORGIEV, de nacionalidad Búlgara, natural de Sofía, Bulgaria, nacido en fecha 12 de Octubre de 1989, de 19 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Estudiante, Hijo de Boika Angelova Angelova y de Heorgiev Ivo Bogomilov, domiciliado en Bulgaria, Sofía Urbanización Drujba 1, Edificio 162, Torre D, piso 9, Apartamento 80, Bulgaria y portador del Pasaporte de la Republica de Bulgaria Nro. 339434039, de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, por el tiempo de Cinco (05) Meses, ocho (08) Días y Doce (12) Horas