Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de las Parroquias Carayaca y El Junko de la Circunscripción Judicial del estado La Guaira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Declarar bastantes y suficientes las probanzas promovidas y evacuadas para asegurarle a los ciudadanos: ELIO MAYORA MAYORA, JOSEFINA MAYORA MAYORA, GERARDO MAYORA LEÓN, AGAPITO CIRILO MAYORA MAYORA, JUANA IRMA MAYORA LEÓN, JULIAN JOSÉ MAYORA LEÓN, ALBERTO RAFAEL MAYORA LEÓN, MARIA LUISA MAYORA LEÓN, MIRTHA MAYORA DE LIENDO y ENMA VIRGINIA MAYORA MAYORA, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-6.477.141, V-6.486.910, V-6.495.518, V-11.060.502, V-6.307.909, V-6.307.910, V-10.580.318, V-11.470.028, V-11.470.025 y V-13.042.273 respectivamente, la cualidad de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante, FERMIN CIRILO MAYORA LIENDO, dejando a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad.....