SANCIONA al adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, portador de la cedula de identidad N° V- 18.323.760, de nacionalidad Venezolana, natural de La Guaira , estado Vargas, nacido en fecha 26-02-88, de 17 años de edad, de estado civil Soltero, profesión u oficio estudiante, hijo de JULIA DEL VALLE VASQUEZ QUIJADA y JOSE RAMON HEREDIA, residenciado en: Calle principal La Unidad, Casa de Color Verde, Cerca de la Cancha de bolas criollas, Montesano, Sector La Pedrera, Maiquetía, Estado Vargas a cumplir con las sanciones de: Libertad asistida por el periodo de DOS (02) Años e imposición de Reglas de Conducta consistiendo estas en 1- No Portar ningún tipo de armas, de fuego o blanca o cualquier objeto que simule serlo, 2- Continuar el sistema Educativo y Laboral, a fin de continuar con su proceso de formación personal y académica, consignando ante el Tribunal de Ejecución las respectivas constancias. 3- Presentarse ante el ente que tenga bien designar el Tribunal de Ejecución. Sancione.....