DISPOSITIVA
Por todo lo que antecede, este Juzgado Quinto de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo dispuesto en el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal, ordena la desestimación de la denuncia interpuesta por el ciudadano: JUAN DE LA CRUZ HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-519.351, de 76 años de edad, vigilante, casado, domiciliado en el BARRIO MIRABAL, CASA Nº 1200-78, PARROQUIA CATIA LA MAR, ESTADO VARGAS, quien formuló denuncia por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación La Guaira, del Estado Vargas, en consecuencia de ello se declara CON LUGAR la solicitud de la Fiscalía Primera del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial del Estado Vargas, de conformidad con lo establecido en el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Pe.....