En base de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA REDIMIDA LA PENA al ciudadano penado ALEXANDER RAFAEL BELISARIO DELGADO GUTIERREZ, quien dijo ser de nacionalidad Venezolana, natural de la Guaira, Estado Vargas, estado civil soltero, nacido en fecha 29/05/1978, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.567.811, residenciado en: Punta de Mulatos, parte alta, casa S/n, a tres casas de la bodega de la señora Beatriz, Macuto, Estado Vargas, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, por el tiempo CINCO (05) MESES Y DIECISEIS (16) DIAS.