DECLARA CON LUGAR la solicitud presentada por la Abg. LESBIA MORALES, en su condición de Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, interpuesta el 12/09/03, y en consecuencia ACUERDA protección a la ciudadano YELITZA MARCANO BENCOMO, a partir del día 15/09/03, quien reside en Barrio Los Olivos, Sector la Redoma, Casa S/N, Avenida Soublette, Catia La Mar, Estado Vargas, para lo cual se ORDENA al Director de la Policía Municipal del Estado Vargas, que tome las acciones o medidas relativas a garantizar la integridad física de la víctima y su núcleo familiar, debiendo ordenar la forma idónea en la que se ejecutará la protección acordada, ello de conformidad con lo previsto en el artículo 23 del Código Orgánico Procesal Penal.