PRIMERO: DECRETA EL DECAIMIENTO DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD impuesta al acusado: YEFREY CAMACHO NUÑEZ, quien es venezolano, portador de la cédula de identidad N° 14.767.079, natural de La Guaira, estado Vargas, de 29 años de edad, soltero, de profesión u oficio estudiante, residenciado en Las Tunitas, calle Andrés Eloy Blanco, casa N°20, al final de la calle, Catia La Mar, estado Vargas. En fecha 31-03-2007 por el Juzgado Cuarto de Control de este Circuito Judicial Penal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: A los fines de garantizar las resultas del proceso el acusado deberá: presentar dos (02) fiadores, quienes se comprometerán en forma individual al pago de ciento ochenta (180) unidades tributarias, si el acusado evadiera la justicia; asimismo deberán consignar ante este Juzgado, constancia de buena conducta, balance personal suscrito por un contador público a los fine.....