DISPOSITIVA
En base de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA AL ciudadano DOMINGO ARMANDO DIAZ MONTOYA, Titular de la cédula de Identidad N° 7.060.476 quien es de Nacionalidad Venezolana, natural del Estado Carabobo, nacido el 13-10-19963, de estado civil soltero, de profesión u oficio Restaurador de obras de artes, hijo de María Montoya y Pedro Díaz, residenciado en la Avenida Principal de Altamira, Edificio Prado, piso 2, por haber cumplido en exceso la pena impuesta por el tiempo de UN (01) AÑO, ONCE (11) MESES Y DOS (029 DIAS DE PRISION, quien se encuentra actualmente en Libertad, gozando de medida de CONFINAMIENTO.
Publíquese, Diarícese, déjese copia, notifíquese a las partes, librese los correspondientes oficios, y Líbrese la boleta .....