CONDENA al ciudadano ANDRADE DE MIRANDA CRISTIANO, quien es de Nacionalidad Portuguesa, Natural de Lisboa, Portugal, nacido en fecha 15-01-1984, de 22 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Estudiante, hijo de María Fernández (v) y José Gómez Miranda (v) portador del pasaporte Nro. H505828 de la Republica Portuguesa, residenciado en Olibal Basto, Santomé Primo Pe, Lote 133 D, Odivelas, Lisboa, Portugal a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRASPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del articulo 31 de la Ley Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, delito cometido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que quedaron establecidas en la presente decisión. Y ASI SE DECIDE
Asimismo, se le condena a cumplir las penas accesorias contempladas en el artículo 16 ejúsdem; la inhabilitación política mientras dure la.....