Vista la solicitud de Únicos Universales Herederos, presentada por la ciudadana: YARITZA COROMOTO PEREZ RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula identidad Nº: V-9.998.779, debidamente asistida por el abogado EVELIO ESCOBAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 25.226, este Tribunal la ADMITE cuanto ha lugar en Derecho. En consecuencia, se acuerda examinar como testigos a dos (02) personas, que oportunamente presente la solicitante a tenor de los particulares contenidos en el escrito que encabeza las presentes actuaciones y con sus resultas el Tribunal proveerá lo conducente.-