DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones en Penal Ordinario, Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 12 de julio de 2017, mediante la cual decretó medida de privación judicial preventiva de libertad al ciudadano JOSE MIGUEL ECHARRY RADA, titular de la cédula de identidad Nro. 24.178.440, por la presunta comisión del delito de HURTO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 1 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, con la agravante establecida en el artículo 2, numeral 3, de la referida ley, ello en virtud de encontrarse satisfechos los requisitos exigidos en el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal.....