ADMITE en su totalidad la solicitud presentada por el Fiscal Sexta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, DR. GUSTAVO GONZALEZ de esta Circunscripción Judicial, solicitó la privación judicial preventiva de libertad del imputado MARLENE COROMOTO VASQUEZ BARRADAS, de nacionalidad Venezolana, nacida en Barquisimeto, Estado Lara, el día 17-09-1960, de 47 años de edad, estado civil Soltera, profesión u oficio Costurera, hija de Adelmo Vásquez (F) y de Luisa Barradas (V), Titular de la Cédula de Identidad N° V-5.257.015, residenciada en: Callejón 36, Casa N° 11-36, Barquisimeto, estado Lara.
Segundo: DECRETA la privación judicial preventiva de libertad de la imputada MARLENE COROMOTO VASQUEZ BARRADAS, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 en concordancia con los ordinales 1 2° y 3° y parágrafo primero del artículo 251, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, quien fuera detenida el 25/02/08, por Funcionarios adscritos al Comando Antidrogas Unidad Especial.....