En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA redimida la pena al ciudadano ALBERT RAFAEL MARTINEZ BLANCO, titular de la cédula de identidad Nº 19.154.620, quien es de nacionalidad Venezolano, natural de Caracas nacido el 15-10-1989, de estado civil Soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en el sector Las Clavellinas, tanque 2 Nro. 15 Cerca de la alfarería Iberia, Guarenas, Estado Miranda, de conformidad con lo establecido en los artículos 479 y 508, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, por el tiempo de OCHO (08) MESES Y TRES (03) DIAS, en relación con lo establecido en el artículo 24 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la .....