DISPOSITIVA.-
Con base a la motivación precedente este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, NIEGA el otorgamiento de la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena referida al DESTACAMENTO DE TRABAJO, requerida a favor del penado WLADIMIR BENCOMO ORTUÑO, quien dijo ser de nacionalidad venezolano, estado civil soltero, natural de Caracas, de profesión u oficio mecánico, nacido en fecha 02-05-1974, de 41 años de edad, hijo de LUÍS BENCOMO (v) y MARIANA OPRTUÑO (v), titular de la cédula de identidad Nº 11.568.343, residenciado en: En Petare, calle principal Campo Rico, sector la Luciteña, casa Nº 40-2, al lado del taller de latonería y pintura, estado Miranda, teléfono 0212-02727751, por cuanto el penado de marras fue evaluado con pronóstico de conducta favorable, pero clasificado con un grado de seguridad en media, lo que pe.....