PRIMERO: CONDENA AL CIUDADANO ERIK JACOBUS ROBERT DE VRIES, quien dijo ser de nacionalidad holandesa, natural de Rotterdam, nacido en fecha 28 de febrero de 1978, de 26 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio: Albañil, hijo de Karin Weerlin y Robbie De Vries, residenciado en: Slingerweg 90 4814 AZ Breda. Holanda y titular del pasaporte de la Unión Europea (Holanda) N° NH9151347, A CUMPLIR LA PENA DE OCHO (08) AÑOS DE PRISIÓN, en el establecimiento penitenciario que a tal efecto designe el Ejecutivo Nacional, COMO AUTOR RESPONSABLE DE LA COMISIÓN DEL DELITO DE TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el penúltimo aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico y el Consumo de Sustancias Estupefacientes o Psicotrópicas; SEGUNDO: Condena igualmente al Ciudadano ERIK JACOBUS ROBERT DE VRIES, al cumplimiento de las penas accesorias establecidas en el articulo 16 del Código Penal, es decir, a la interdicción .....