PRIMERO: Se decreta la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, seguido en contra del ciudadano GERONIMO VICENTE NAVAS, venezolano, soltero, de 38 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.056.137, natural de Carayaca, Edo. Vargas, residenciado encalle Cataure, casa s/n, color amarilla, cerca de la escuela La Caoma, Parroquia Carayaca, Estado Vargas., por la comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLÓGICA Y AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 39 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en agravio de la ciudadana YALILET COROMOTO NAREA TORTOZA; titular de la cédula de identidad N° V-13.042.092, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 y 44 del Código Orgánico Procesal Penal. CUARTO: Se le imponen un RÉGIMEN DE PRUEBA, por un lapso de un (01) año, imponiéndole conforme a lo dispuesto en el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal, las siguientes condiciones: 1) Realizar CIENTO VEINTE (120) horas de Trabajo Comun.....