DISPOSITIVA.-
En virtud de lo procedentemente expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCION DE LA PENA impuesta mediante sentencia firme al ciudadano RANCEL JOSÉ MORALES BOGA, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 07-10-1978, de 37, años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de José Morales (f) y de Carmen Boga (v), residenciado en: Avenida el Ejercito, frente a los Guardias, Sector La Cauchera, Parroquia Catia La Mar, estado Vargas y titular de la cédula de identidad Nº V-16.378.471, conforme a lo previsto en con los artículos 471, 474 Y 482, todos del Código Orgánico Procesal.
Publíquese, diarícese, notifíquese, déjese copia, líbrense los oficios correspondientes así como Bol.....