DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR las solicitudes interpuestas por las abogadas MARIE BOLÍVAR VIUR, Defensora Pública Penal 9ª de esta Circunscripción Judicial, FEIZA TAUIL y JEANNETTE SABANETA, defensoras privadas en su carácter de defensoras de los ciudadanos EDUARD VELÁSQUEZ, ELER AMAURY FUENTES CHACÓN y JORGE TREJO TORRES, respectivamente, y en consecuencia se acuerda sustituir la medida de privación judicial preventiva de libertad impuesta a los ciudadanos EDUARD VELÁSQUEZ, ELER AMAURY FUENTES CHACÓN y JORGE TREJO TORRES por las medidas cautelares sustitutivas de libertad establecidas en los numerales sexto y octavo del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, quedando obligados a prestar caución juratoria, por lo qu.....