DISPOSITIVA.-
En virtud de lo procedentemente expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCION DE LA PENA impuesta mediante sentencia firme al ciudadano ALI REINALDO SANZ GIL, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de Caracas Distrito Capital, nacido en fecha 09-08-1986, de 30, años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio seguridad aeroportuaria, hijo de Zoraida Gil (v) y de Luís Sanz (v), residenciado en: Parroquia La Vega, sector las Casitas, bloque 06, piso 03, apartamento 03-06, Caracas Distrito Capital, y titular de la cédula de identidad Nº V-17.442.723, teléfonos: 0212-472-1924, conforme a lo previsto en con los artículos 471, 474 Y 482, todos del Código Orgánico Procesal.
Publíquese, diarícese, notifíquese, déjese copia, líbrense l.....