declara QUE NO HAY LUGAR A LA REVISION del recurso de apelación interpuesto por la Abogada DANESIA DEYANIRA PEDRA VEGAS, en carácter de Defensora Pública Cuarta en Fase de Proceso del estado Vargas del ciudadano FELIX ALEJANDRO TRUJILLO GARCIA, titular de la cédula de identidad N° V-22.278.553, en contra de la decisión dictada en fecha 05 de octubre de 2015, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Vargas, mediante la cual DECRETO LA MEDIDA JUDICIAL PRIVATIVA DE LIBERTAD al referido ciudadano, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el artículo 406, numeral 1 del Código Penal en concordancia con el artículo 84, numeral 3 eiusdem, en virtud de la decisión dictada por el Tribunal A quo, en fecha 13/01/2016, en la cual condeno al referido ciudadano a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito antes mencionado, quedando defin.....