DECLARA INADMISIBLE los recursos de apelaciones interpuesto por los abogados EDUARDO PERDOMO, en su carácter de Defensor Público Penal de la acusada ANA GABRIELA CASTILLO, el segundo por la abogada FRANZULY MARIN, en su carácter de Defensora Pública Penal del acusado EDGAR JOSE PIÑANGO y el tercero por la abogada MARIA MUDARRA, en su carácter de Defensora Pública Penal del acusado RENNI GONZALEZ GUILLEN, en contra del auto dictado en fecha 22/02/2013, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio de este Circuito Judicial, mediante el cual ordenó la encarcelación de los referidos acusados, en virtud de de la decisión de la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, el 11/12/2012, mediante la cual ANULO la sentencia ABSOLUTORIA dictada a favor de los prenombrados acusados, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 428 literales a y c del Código Orgánico Procesal Penal.