Se Homologa el convenimiento del Cumplimiento del fallo, por los ciudadanos ALFREDO ANTONIO GODOY RIVAS, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.755.684, debidamente asistido por la abogada YASMIN MARTINEZ, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 23.991, asimismo actuando como apoderada judicial del ciudadano ANGEL ALFREDO GODOY BOLIVAR, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.324.393, y la ciudadana ANGELICA JOSEFINA PEREZ BOLIVAR, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.374.549, asistida por el abogado RENNY PALMA, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 151.020, y acuerda tenerlo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo previsto en el artículo 525 del Código de Procedimiento Civil. Así se establece.