OTORGA LA LIBERTAD CONDICIONAL, al penado DA CÁMARA VELA MANUEL, titular de la cédula de identidad N° 12.983.249, quien es de nacionalidad venezolana, natural del Estado Vargas, donde nació el 22-08-1983, de estado civil soltero, de ocupación u oficio barbero, residenciado en la Avenida Sucre, Altavista, edificio 13, apartamento 05, Caracas, como fórmula de cumplimiento de pena, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1º y 501 del Código Orgánico Procesal Penal, hasta el día 18-01-1012, fecha en la cual alcanza el cumplimiento total de la pena impuesta.