D I S P O S I T I V A
Por todos los razonamientos antes expuestos, esta CORTE DE APELACIONES DEL ESTADO VARGAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abg. MARIA DEL ROSARIO LARA, en su condición de Defensora Privada del ciudadano PINTO COLMENARES FREDDY JOSÉ, contra la decisión dictada en fecha 12 de Marzo de 2010, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en la cual IMPONE MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD en contra del ciudadano mencionado, de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 4 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores; y en su lugar DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES del.....