En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, considera procedente y ajustado a derecho REVOCAR LA MEDIDA DE TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO PENAL, a la penada MARIA ISABEL TEJADA QUEVEDO, Titular del Pasaporte N° AB353041, de nacionalidad Española, natural de Valencia , España, nacida el 18-06-1984, de estado civil soltera, de profesión u oficio del hogar, hija de María del Pilar y padre desconocido, por incumplimiento de las obligaciones impuestas, de conformidad con el artículo 512 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, REVOCA LA MEDIDA DE TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO PENAL, a la ciudadana MARIA ISABEL TEJADA QUEVEDO, antes id.....