DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este tribunal Primero de Primera Instancia Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite el pronunciamiento siguiente:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la solicitud efectuada en fecha: 22/11/12 por el Defensor Público Segundo Abg. JUAN GUEVARA, adscrito a la Coordinación de la Defensa Pública del Estado Vargas, en su carácter de defensor del adolescente imputado identidad omitida, plenamente identificado ut supra, haciendo CESAR la medida de presentación periódica, cada 15 días por ante el Tribunal de la causa, de conformidad con lo previsto en el artículo 582 letra "c" de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECRETANDOSE la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES del encartado.
SEGUNDO: Notifíquese a la víctima, y a las partes de la presente decisión.
Regístrese, Publíquese, .....