DISPOSITIVA.-
En virtud de lo procedentemente expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCION DE LA PENA impuesta mediante sentencia firme al ciudadano TEDINSON JOSE RAMOS MENA, de nacionalidad Venezolana, nacido en La Guaira, estado Vargas, nacido en fecha 29-09-1979, de 37, años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio pescador, hijo de Felicia Mena (v) y de Quibdo Ramos (v), residenciado en: Calle principal de Naiguatá, frente al estadio, sector las Colinas, parte alta casa de zinc, Parroquia Naiguatá, estado Vargas, y titular de la cédula de identidad Nº V-13.323.673, teléfono: 0212-491-3322, conforme a lo previsto en los artículos 471, 474 y 488, todos del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, diarícese, notifíquese, déjese copia y líbrense.....