PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA que por DESALOJO, incoara LUIS FERNANDO BENAVIDES OCAMPO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 15.026.880; contra ALEXANDER JOSE CASTILLO LIRA, venezolano, titular de la cèdula de identidad Nº V.- 12.166.341.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada, ciudadano ALEXANDER JOSE CASTILLO LIRA, venezolano, titular de la cèdula de identidad Nº V.- 12.166.341, a entregar a la actora LUIS FERNANDO BENAVIDES OCAMPO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 15.026.880, un inmueble para Uso Comercial, constituido por un TERRENO, identificado como N° 5, bloque 50, el cual consta de las siguientes características: terreno cercado con paredes de bloque altura 2,80Mts, portón de hierro, entrada principal y un tanque de agua con capacidad para 7.000 litros, ubicado en la Avenida Terepaima de la Urbanización Caribe, de la Jurisdicción de la Parroquia Caraballeda del Estado Vargas.
Se condena en costas a la parte demandada, por haber resultado vencid.....