ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL NUMERO NUEVE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión del imputado EDICTO RAMÓN ARAY TORIN, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 02 de marzo de 1.968, de 38 años de edad, hijo de Edicto Bautista Aray Bolívar (f) y de Felicitas de las mercedes Torín (v), titular de la cedula de identidad Nº V-10.167.113, de estado civil casado, de profesión u oficio Obrero, residenciado en la Aldea Lourdes, Calle Simón Bolívar, El Fical, a 150 metros bajando de la Escuela, casa blanca con puertas marrones, Municipio Andrés Bello, del Estado Táchira en la comisión de los delitos de VIOLENCIA FÍSICA, AMENAZAS, previsto y sancionado en los artículos 17 y 20 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, en perju.....