Por los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDO el proceso que por SEPARACION DE CUERPOS, sigue los ciudadanos: NIUMAN ANTONIO SANABRIA PEREZ Y KARINA MARILYN ROSALES SEGURA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges, titulares de la cédulas de identidad Nos. V-17.529.792 y V.-19.255.320, respectivamente.