DECRETA EL CESE de la Medida de Privación Judicial Preventiva de la Libertad del ciudadano GIUSEPPE SABATASSO DIGLIO, Titular de la cédula de identidad N° V-6.489.244, quien dijo ser y llamarse como queda escrito: De nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, de 39 años de edad, de estado civil Divorciado, de profesión u oficio Tipógrafo, residenciado en Jefatura a Silencio, Edificio Ovalli, Piso 3, Apartamento N° 9, Maiquetía, detenido en fecha 06-06-2003, de conformidad el encabezamiento del articulo 315 del Código Orgánico Procesal Penal.