PRIMERO: : CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión de las imputadas MARÍA DEL CARMEN MOLINA de nacionalidad venezolana, mayor de edad, natural de Rubio, Estado Táchira, nacido en fecha 19 de enero de 1.980, de 26 años de edad, hija de José Ernesto Pérez Pérez (f) y de Ema Molina Pérez (v), titular de la cedula de identidad Nº V-15.880.628, de estado civil soltera, de profesión u oficio Estudiante Universitario, residenciado en la calle 9, Nº 110, La Colina, Rubio, Municipio Junín del estado Táchira y MARIANA MICHELLE MORAN MÉNDEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, nacido en fecha 29 de octubre de 1.982, de 23 años de edad, hija de José Luis Moran Polanco (v) y de Yamil Estela Méndez Gálviz (v), titular de la cedula de identidad Nº V-15.989.125, de estado civil soltera, de profesión u oficio Estudiante Universitario, residenciado en la Carrera 3 Nº 2-87, Barrio Sucre, San Cristóbal, Estado Táchira, a quienes el Ministerio Público señ.....