En mérito de las precedentes consideraciones, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con las facultades que le otorga el artículo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE:
-PRIMERO: Con Lugar la solicitud de Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre Derechos y Acciones que pudieran corresponderle a los demandados COROMOTO COLMENARES GUERRERO, MARÍA DEL ROSARIO COLMENARES GUERRERO DE RAMÍREZ, NEIRA JOSEFINA COLMENARES GUERRERO DE SALAZAR, ELENA ZULAY COLMENARES GUERRERO DE ZAMORA y PABLO JORGE CONTRERAS HEVIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 5.680.840, 3.788.563, 3.996.369, 5.662.296 y 10.153.364 respectivamente sobre dos (2) lotes de terreno propio, todo el primer lote y el resto del segundo lote que forman un solo cuerpo, sobre.....