En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Cuarto Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República y por autoridad de la ley hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se CONDENA al acusado ciudadano WILMER EZEQUIEL PEREZ DIAZ, de nacionalidad venezolana, estado civil soltero, natural de Valle de la Pascua, de profesión u oficio Mecánico y Ayudante de Cocina, nacido el 10/10/1986, de 24 años de edad, hijo de Juan Neladio Pérez (v) y de Gregoria Josefina Díaz (v), titular de la Cédula de Identidad Nº 17.434.093, residenciado en: Calle Orinoco, N° 57, sector la Romana, Valle la Pascua, Municipio Infante, a cuatro cuadras del Banco Exterior, estado Guárico, a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el Primer Aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, cometido en las cir.....