Vista la decisión que antecede, mediante la cual se ordena efectuar un nuevo cómputo en virtud de la redención a pena por el trabajo y estudio acordada a favor del ciudadano OSCAR ERNESTO ESCOBAR GRANADOS, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.336.627, quien es de nacionalidad Venezolana, de 40 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Microempresario, domiciliado en Av. Los Próceres, La Cuadra, calle Las Colinas, casa Nº 3-24-B, Mérida, estado Mérida, ello en virtud de una nueva circunstancia que modifica el tiempo de cumplimiento de pena previamente impuesta al prenombrado penado, este Tribunal de conformidad con lo establecido en los artículos 479, 500 y 508, todos del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a realizarlo en lo siguientes términos:
Al ciudadano OSCAR ERNESTO ESCOBAR GRANADOS, se le condenó a cumplir la pena de DIEZ (10) DE PRISIÓN. Es importante destacar que el día de hoy 12-12-2016, se le practicó una redención judicial de la pena por un tiem.....