Se declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano LUIS RAFAEL CAUTERUCCE ESPINOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 6.497.363, debidamente asistido por el ciudadano: DAVID F. BRAVO M., Defensor Público Provisorio Primero, con competencia en materia civil y administrativa especial inquilinaria, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 68.181, contra la sentencia dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas en fecha 29 de julio de 2016, en consecuencia, se confirma con distinta motivación la decisión apelada, la cual declaró CON LUGAR la defensa de falta de cualidad e IMPROCEDENTE la querella restitutoria incoada por el ciudadano LUIS RAFAEL CAUTERUCCE ESPINOZA, contra la ciudadana ROSA VIRGINIA MARQUEZ SOJO, arriba identificados. Así se decide. SEGUNDO: Se condena en costas a la parte actora de conformidad con.....